Decreto sobre la administración de algunos Sacramentos en la Arquidiócesis de Yucatán

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE ALGUNOS SACRAMENTOS EN LA ARQUIDIÓCESIS DE YUCATÁN

Cada Obispo es puesto al frente de una Iglesia particular como principio y fundamento de unidad para promover la unidad de la fe, de los sacramentos y de la disciplina eclesial, así como para ordenar adecuadamente la misma Iglesia particular y conducir a la grey hacia la salvación. Para cumplir su misión, el Obispo diocesano ejerce una potestad, unida al oficio conferido con la misión canónica, que es propia, ordinaria e inmediata, bajo la suprema autoridad de la Iglesia. En virtud de esta potestad, cada Obispo tiene el sagrado derecho y, delante de Dios, el deber de legislar sobre los propios fieles, de emitir juicios y de  regular todo cuanto se refiere a la organización del culto y del apostolado (cf. LG 23, 27).

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